RESERVA FINCA LAS COSTAS: El MPF informa sobre el amparo colectivo en trámite y la vigencia de medidas de protección ambiental

19/03/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Ilustrativa.
Ante la difusión de información inexacta, se precisó que desde 2020 tramita un amparo colectivo con medida cautelar vigente que prohíbe ocupaciones ilegales. Se ejerce intervención en resguardo del ambiente y del derecho de acceso a la información pública.

En virtud de la circulación de informaciones inexactas vinculadas a la situación legal y de hecho de la Reserva Finca Las Costas, y en relación con un proyecto de ley recientemente tratado por la Cámara de Diputados de la Provincia, la Unidad Fiscal Ambiental, integrada por los fiscales Rodrigo Erazo Schmidt y Federico Jovanovics, hizo saber que en el año 2020 la Provincia de Salta promovió una acción de amparo colectivo que actualmente se encuentra en trámite, orientada a la protección de los recursos naturales y del medio ambiente.

En el marco de ese proceso, se encuentra vigente una medida cautelar dispuesta judicialmente que prohíbe cualquier ocupación ilegal en la reserva, lo que fue debidamente señalizado mediante cartelería en distintos sectores del área.

En dicha causa, el Ministerio Público Fiscal ejerce la representación de los integrantes del colectivo no presentados en juicio —ciudadanos de la provincia de Salta y de la localidad de San Lorenzo—, con interés en la preservación de los servicios ambientales que brinda la reserva, entre ellos la protección de la cuenca hídrica que abastece de agua potable a un sector significativo de la población.

Asimismo, se indicó que la Unidad Fiscal Ambiental controla el cumplimiento de la medida cautelar y promueve el avance del plan de gestión integral, preservación y ordenamiento territorial del área protegida.

Respecto del proyecto de ley mencionado, se precisó que no vulnera derechos individuales ni colectivos, y que se enmarca en un proceso de gestión ordenada, controlada y responsable de la reserva, en línea con las exigencias establecidas en el proceso judicial en curso.

Finalmente, se aclaró que existen planteos de posesión veinteañal que deberán resolverse en las instancias judiciales correspondientes, sin que ello involucre la fracción alcanzada por el proyecto de ley, la cual no registra ocupantes. En el mismo sentido, se indicó que en el trámite del amparo no se ha acreditado la existencia de actividad comunitaria indígena por parte de quienes invocaron dicha representación.

Con información del Ministerio Público de Salta.