Presupuesto 2027: El gobierno arremete de nuevo contra las personas con discapacidad

16/09/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Caputo y Milei, no saben otra cosa que el ajuste a los más desamparados. Imagen: Web.
El proyecto de Presupuesto 2027 enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso incorpora modificaciones al régimen de discapacidad que afectan las pensiones no contributivas, la compatibilidad con el empleo registrado y el sistema de aranceles de las prestaciones. Las disposiciones están incluidas principalmente entre los artículos 36 y 41 de la iniciativa y deberán ser debatidas por el Congreso.

Entre los cambios propuestos aparece el regreso de la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral, fijada en el 70% del haber mínimo jubilatorio, además de una nueva condición para quienes trabajan formalmente. El proyecto también modifica el funcionamiento del Nomenclador de Prestaciones Básicas y plantea derogar artículos de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad.

Pensión por discapacidad: qué propone el proyecto

El artículo 36 establece una Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio. La propuesta modifica el esquema incorporado por la Ley 27.793, que creó la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.

La legislación vigente establece que la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social está vinculada al concepto de discapacidad definido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y contempla al Certificado Único de Discapacidad (CUD) dentro de sus requisitos.

El proyecto de Presupuesto plantea nuevamente un esquema asociado a la invalidez laboral, por lo que el cambio deberá analizarse en conjunto con las modificaciones propuestas para determinar el acceso y las condiciones de las pensiones.

El empleo registrado dejaría de ser compatible

Otro de los puntos centrales está en el artículo 37. Según el texto difundido del proyecto, la pensión sería incompatible con cualquier vínculo laboral formal o con la inscripción en el régimen general o simplificado.

Esto modificaría el régimen previsto por la Ley de Emergencia, que contempla la posibilidad de compatibilizar la pensión con determinadas actividades laborales registradas dentro de un límite de ingresos. La iniciativa elimina esa posibilidad y establece una incompatibilidad más amplia.

De aprobarse esa redacción, una persona beneficiaria que ingrese a un empleo registrado quedaría alcanzada por la nueva incompatibilidad. Se trata de una de las modificaciones que deberá discutir el Congreso durante el tratamiento del Presupuesto.

Cambia el Nomenclador de Prestaciones Básicas

El artículo 39 propone modificar el artículo 7° bis de la Ley 24.901, que actualmente establece que los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas sean iguales para todas las personas jurídicas obligadas. La normativa vigente también contempla actualizaciones vinculadas al mecanismo de movilidad y un estudio anual de costos.

El proyecto plantea que el Nomenclador “no incluirá valores universales” y que los montos serán determinados por cada ente obligado en su relación con los prestadores. Al mismo tiempo, establece que deberá existir un piso mínimo prestacional común, aunque aclara que esto no implicará necesariamente homogeneidad de aranceles ni de modalidades de financiamiento entre jurisdicciones.

Para las prestaciones cuyo responsable sea el Estado nacional, la iniciativa establece que los aranceles sean determinados trimestralmente por la Secretaría Nacional de Discapacidad del Ministerio de Salud, a propuesta del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas.

El proyecto contempla además un mecanismo basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para los casos en que la actualización correspondiente no se produzca dentro del plazo previsto. Esto representa un cambio respecto del esquema de actualización vigente durante 2026, que había establecido una actualización mensual vinculada al IPC.

Qué artículos de la Ley de Emergencia se modificarían

El artículo 41 del proyecto plantea la derogación de distintas disposiciones de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. Entre ellas aparecen los artículos 5, 8, 9 y 14, de acuerdo con los análisis publicados sobre el texto presentado al Congreso.

El artículo 8 de la ley vigente garantiza a las personas con discapacidad titulares de la pensión el acceso a un programa médico de atención y cobertura de salud que incluya las prestaciones básicas previstas en la Ley 24.901.

El artículo 9, por su parte, establece la conversión de oficio de determinadas pensiones no contributivas preexistentes hacia la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. La propuesta de derogación modifica ese mecanismo.

También se propone eliminar el artículo 14, que había incorporado a la Ley 24.901 el principio de igualdad de los aranceles para las entidades obligadas y un mecanismo de actualización, además de disponer un estudio anual de costos de las prestaciones.

El debate por los valores de las prestaciones

La modificación del nomenclador es uno de los puntos que generó cuestionamientos entre prestadores y organizaciones del sector. El argumento central de quienes rechazan el cambio es que la eliminación de valores universales podría generar diferencias en los montos reconocidos según el financiador o la jurisdicción.

El texto del proyecto, en cambio, mantiene la referencia a un piso mínimo prestacional común y justifica la modificación en las diferencias existentes entre jurisdicciones, estructuras prestacionales y capacidades financieras. La discusión parlamentaria deberá determinar el alcance concreto de ese nuevo esquema.

Un debate que llega al Congreso

La discusión se produce mientras el Congreso también analiza la continuidad de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, cuya vigencia está prevista hasta fines de 2026. El 2 de septiembre, el secretario nacional de Discapacidad, Alejandro Vilches, expuso ante la Comisión de Discapacidad de Diputados sobre las medidas adoptadas por el Gobierno en materia de prestaciones, pensiones y actualización del nomenclador.

El proyecto de Presupuesto 2027 introduce ahora cambios sobre varias de esas mismas herramientas. Por eso, el debate parlamentario tendrá que definir no solo los recursos asignados al área, sino también qué régimen de pensiones, prestaciones y aranceles quedará vigente durante 2027.

Por el momento, se trata de una propuesta legislativa y no de modificaciones ya aplicables. Su contenido puede cambiar durante el tratamiento en comisiones y en ambas cámaras del Congreso.