Río Arenales: La Corte de Justicia confirmó la incorporación de CoSAySa requerida por el MPF en la ejecución de sentencia

25/09/2026.- Información del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta.– Foto portada: Ilustrativa.
La empresa prestataria del servicio de agua había cuestionado su inclusión como demandada, requerida en 2023 por el fiscal civil Rodrigo Erazo Schmidt. El Máximo Tribunal provincial rechazó la apelación y sostuvo que CoSAySa se encuentra alcanzada por la sentencia firme de 2017 que ordenó implementar medidas para el saneamiento de la cuenca.

La Corte de Justicia de Salta rechazó el recurso de apelación presentado por CoSAySa y confirmó la resolución que, a pedido del fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1, Rodrigo Erazo Schmidt, la incorporó como parte demandada en la ejecución de la sentencia que ordenó implementar medidas para el saneamiento integral del río Arenales.

La empresa había cuestionado su incorporación al proceso de ejecución al sostener que la demanda había sido promovida contra la Provincia de Salta y la Municipalidad de la ciudad de Salta y que, por lo tanto, no correspondía que fuera incluida en esta instancia. También alegó que las obligaciones impuestas excedían su ámbito de actuación y que las acciones desarrolladas hasta el momento resultaban suficientes para dar cumplimiento a lo ordenado.

Al resolver, la Corte sostuvo que la legitimación de CoSAySa no surge de su incorporación durante la etapa de ejecución, sino de la sentencia de fondo dictada en 2017, que la incluyó expresamente entre las condenadas por su responsabilidad directa en el vertido de efluentes cloacales crudos al río Arenales. Además, consideró que excluir a la empresa de esta instancia implicaría desconocer el carácter vinculante de la sentencia firme.

La incorporación de CoSAySa había sido solicitada por Erazo Schmidt en abril de 2023, en el marco de la ejecución promovida ante el incumplimiento de las medidas ordenadas para la recuperación y saneamiento del río. En esa instancia, el fiscal también requirió que se establecieran etapas con plazos y objetivos específicos y que las demandadas informaran y acreditaran las acciones realizadas para dar cumplimiento a la sentencia.

La intervención se enmarcó en el trabajo de la Unidad Fiscal Ambiental Subcuenca Arias-Arenales, creada en abril de 2023 por el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, para concentrar y coordinar las actuaciones vinculadas con la contaminación y degradación de la cuenca desde las distintas competencias del Ministerio Público Fiscal. Cabe advertir que esa Resolución fue la primera vez que se introduce en la problemática la perspectiva de cuenca hídrica ambiental como indican los parámetros internacionales y la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación, lo cual se tornó esencial para comenzar a abordar el problema en su real dimensión.

La Unidad está integrada por el fiscal penal Federico Jovanovics, a cargo de las actuaciones penales y contravencionales; y Erazo Schmidt, en materia constitucional, civil y contencioso-administrativa. El abordaje incluye además la intervención de profesionales del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), encargados de producir la evidencia técnica y científica para las distintas actuaciones.

En forma paralela a las presentaciones realizadas en el proceso de ejecución, Jovanovics avanzó con investigaciones vinculadas con la contaminación de la subcuenca por líquidos cloacales, mientras que profesionales del CIF realizaron inspecciones, toma de muestras y análisis en distintos sectores.

Medidas urgentes

En diciembre de 2023, ante la persistencia de vuelcos cloacales sin tratamiento adecuado, el Ministerio Público Fiscal solicitó medidas urgentes dentro de la ejecución del amparo. La Justicia ordenó a CoSAySa el cese inmediato de esos vertidos y la presentación de un Plan de Contingencia Urgente.

Luego, ante el incumplimiento de las medidas dispuestas, se impusieron sanciones conminatorias de 500 mil pesos diarios al presidente de la empresa. Erazo Schmidt solicitó que los fondos obtenidos fueran destinados a las obras necesarias para el cumplimiento de la sentencia y en beneficio de los potenciales afectados, planteo al que hizo lugar la Justicia.

Cabe recordar que la causa tiene origen en una acción de amparo ambiental promovida por ciudadanos afectados por la degradación del río Arenales. En agosto de 2017 se hizo lugar a la demanda y se ordenó a la Provincia de Salta, la Municipalidad de la ciudad de Salta y CoSAySa confeccionar, presentar y ejecutar un Plan de Manejo del río Arenales, un Plan Sanitario de Emergencia y un Plan de Monitoreo. Entre las medidas establecidas se encontraban el saneamiento de basurales, la limpieza permanente del cauce y sus márgenes, la construcción de defensas hídricas, el mantenimiento de desagües pluviales, la delimitación de la línea de ribera y el cese inmediato del vertido de líquidos cloacales sin tratamiento adecuado.

En febrero de 2023, luego de más de cinco años sin que se acreditara el cumplimiento integral de lo ordenado, los actores promovieron la ejecución de la sentencia. En el marco de ese proceso, las demandadas presentaron informes sobre distintas obras y acciones realizadas. Sin embargo, la jueza María Victoria Mosmann consideró que esas intervenciones no resultaban suficientes para tener por cumplida la sentencia.

Ese criterio fue ratificado por la Corte, al señalar que las acciones realizadas fueron parciales y no acreditaron la implementación conjunta y sistemática de los planes ordenados, que debían contemplar una planificación integral, objetivos, indicadores de cumplimiento, cronogramas, presupuesto, responsables y mecanismos de evaluación.

También rechazó el argumento de CoSAySa respecto de que la sentencia se limitaba a un tramo determinado del río y sostuvo que la cuenca hídrica constituye una unidad ambiental indivisible, por lo que su recuperación no puede abordarse de manera fragmentaria.

Cabe destacar que tanto el gobierno provincial como el gobierno municipal no recurrieron la resolución de primera instancia, y comenzaron inmediatamente con algunas tareas de recuperación, siendo la única apelante la prestadora de aguas.