Barrio Solidaridad: condena tras una pelea entre vecinos

08/10/2026.- Información del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta.– Foto portada: Ilustrativa.
Dos grupos de vecinos protagonizaron enfrentamientos con agresiones, amenazas y ataques con piedras que dejaron un hombre con una lesión grave y daños materiales.

El fiscal penal 6 del distrito Centro, Martín Ávila, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia en la que, con el reconocimiento del hecho por parte del acusado y el acuerdo de las partes, se arribó a un juicio abreviado para Jesús Alfredo Flores, por los delitos de amenazas con armas y lesiones graves.

El acuerdo fue homologado por el juez Martín Pérez, quien lo condenó a un año de prisión efectiva. Debido a que el acusado registraba una condena anterior, se procedió a la unificación de penas y se fijó una pena única de tres años de prisión efectiva. Además, se dispuso su traslado a la Unidad Carcelaria.

Las actuaciones se iniciaron a partir de hechos ocurridos el 21 de septiembre de 2024 en barrio Solidaridad, donde se produjo un conflicto entre integrantes de dos grupos familiares que residían a pocos metros de distancia.

Según surge de la investigación, durante uno de los enfrentamientos se produjeron agresiones, amenazas y lanzamiento de piedras. Como consecuencia, una de las personas involucradas sufrió una fractura de cúbito, lesión que fue calificada como grave.

A estas actuaciones se acumuló una segunda denuncia formulada por integrantes del otro grupo familiar, quienes señalaron que un grupo de personas se habría presentado frente a su vivienda, donde arrojaron piedras contra el portón y posteriormente ocasionaron daños en distintos bienes.

En el marco de la resolución de las actuaciones, respecto de otros cuatro acusados que no registraban antecedentes condenatorios, se acordó la suspensión del juicio a prueba.

Como parte de las reglas impuestas, deberán realizar donaciones de pañales a Casa Cuna y a la Policía y cumplir una prohibición de hostigamiento mutuo, tanto de manera personal como a través de medios tecnológicos.

Asimismo, fueron sobreseídos dos menores que no eran punibles al momento de los hechos, conforme a la Ley 22.278, mientras que otro imputado fue sobreseído por fallecimiento.

El fiscal Martín Ávila destacó que, frente a un conflicto vecinal que había escalado hasta agresiones físicas, amenazas y daños, la respuesta procuró no limitarse a resolver la situación penal de cada uno de los involucrados. En ese sentido, remarcó especialmente la prohibición de hostigamiento mutuo, tanto personal como por medios tecnológicos, como una medida orientada a interrumpir la continuidad del conflicto, restablecer la paz social y prevenir nuevos episodios de violencia entre los vecinos.