05/10/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Juicio de lesa al exjuez Pedro Laurentino Duarte y al exfiscal Víctor Marcelo Ortiz. Imagen: Web.
La Cámara Federal de Casación Penal cuestionó fundamentos de la condena a 11 años contra el exjuez Pedro Duarte y el exfiscal Víctor Ortiz por su actuación durante la última dictadura.
La Cámara Federal de Casación Penal anuló parcialmente la condena a 11 años de prisión que había recibido el exjuez federal de Neuquén Pedro Laurentino Duarte y el exfiscal Víctor Marcelo Ortiz por su actuación frente a secuestros y desapariciones ocurridos durante la última dictadura.
La decisión de la Sala IV, adoptada por mayoría de los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo, ordenó que el Tribunal Oral Federal de Neuquén dicte una nueva sentencia. El juez Mariano Borinsky votó en disidencia respecto de uno de los puntos centrales de la resolución.
El fallo no implica una absolución de los exfuncionarios ni desconoce que los hechos investigados constituyeron crímenes de lesa humanidad. La discusión se concentró en la forma en que el tribunal oral fundamentó determinadas responsabilidades penales y en la cantidad de hechos considerados para establecer las condenas.
Qué cuestionó Casación
Uno de los principales puntos revisados fue la condena de Duarte y Ortiz como partícipes secundarios de privaciones ilegales de la libertad.
El Tribunal Oral Federal había considerado que ambos funcionarios judiciales contribuyeron al funcionamiento del aparato represivo y que existió una promesa previa de impunidad que posteriormente se habría reflejado en la forma en que actuaron ante denuncias y pedidos de hábeas corpus de familiares de personas secuestradas.
La mayoría de Casación consideró que esa conclusión no había sido fundamentada de manera suficiente. En particular, cuestionó que el tribunal oral hubiera utilizado los incumplimientos posteriores de los funcionarios como elemento para deducir la existencia de un acuerdo previo.
De esta manera, la Cámara ordenó revisar la responsabilidad penal atribuida a ambos por su supuesta participación secundaria en las privaciones ilegales de la libertad.
También cayó parte de la condena por omisiones
Casación también cuestionó la cantidad de hechos de omisión de promover la persecución penal que habían sido contabilizados en la sentencia original.
En el caso de Pedro Duarte, además, la resolución alcanzó la condena por prevaricato, por lo que ese aspecto también deberá ser revisado al momento de dictarse el nuevo pronunciamiento.
La consecuencia es que la pena de 11 años de prisión ya no puede mantenerse tal como fue fijada en 2024. El tribunal deberá adecuar las calificaciones jurídicas y establecer una nueva pena a partir de lo resuelto por Casación.
Borinsky votó en disidencia
El juez Mariano Borinsky adoptó una posición diferente respecto de la participación secundaria de Duarte y Ortiz en las privaciones ilegales de la libertad.
Para el magistrado, la valoración conjunta de la prueba realizada durante el juicio oral permitía sostener la responsabilidad atribuida a los exfuncionarios en esos delitos. Por ese motivo, se apartó de la mayoría en ese punto.
La decisión, por lo tanto, no fue unánime dentro de la Sala IV.
Una condena que había sido dictada en 2024
El 17 de diciembre de 2024, el Tribunal Oral Federal de Neuquén había condenado a Duarte y Ortiz a 11 años de prisión efectiva.
La sentencia consideró que ambos habían tenido responsabilidad penal en delitos vinculados con las privaciones ilegales de la libertad y, además, por omitir promover investigaciones frente a denuncias y hábeas corpus presentados por familiares de personas perseguidas durante la dictadura.
En el caso de Duarte también se había establecido responsabilidad por prevaricato. Los fundamentos de aquella sentencia fueron difundidos posteriormente y detallaron las conductas atribuidas a los dos exfuncionarios.
Entre los casos analizados durante el proceso estuvieron los de Orlando Cancio, José Delineo Méndez, Darío Altomaro, Alicia Pifarré, Miguel Ángel Pincheira, Javier Octavio Seminario Ramos, Oscar Alfredo Ragni y Arlene Seguel, entre otras víctimas.
La acusación anticipa que seguirá reclamando
Desde la Fiscalía que intervino en el juicio cuestionaron la decisión de Casación y sostuvieron que las pruebas sobre la actuación de los exfuncionarios estaban acreditadas.
El fiscal general ante los Tribunales de Neuquén, Miguel Ángel Palazzani, adelantó que la acusación continuará discutiendo la resolución ante instancias superiores.
El abogado querellante Marcelo Medrano, representante de la Asamblea por los Derechos Humanos, también señaló que la resolución puede ser impugnada y que podría llegar a plantearse un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.
La causa, así, vuelve a abrir una discusión judicial sobre el papel que tuvieron integrantes del Poder Judicial durante la dictadura y sobre el alcance de la responsabilidad penal que puede atribuirse a quienes, desde sus cargos, intervinieron frente a las denuncias por secuestros y desapariciones.







