27/02/2026.- Salta al Instante.- Por Daniela Vilar (Ministra de Ambiente de la provincia de Buenos Aires).- Foto portada: Glaciar. Imagen: Archivo.
El gobierno nacional presenta la modificación de la Ley de Glaciares como un gesto de federalismo, pero en realidad está hablando de otra cosa: dejar librada la protección del agua potable a la presión de los mercados. Lo que está en discusión es quién decide sobre uno de los bienes comunes más estratégicos del país.
El gobierno de Milei convocó a sesiones extraordinarias y puso en agenda la modificación de la Ley de Glaciares. Aunque la presenta como una actualización técnica y una reivindicación del federalismo, es una pieza más del modelo que ya viene imponiendo: flexibilización ambiental, laboral e impositiva al servicio del capital concentrado.
Argentina tiene la segunda reserva de agua dulce más grande de América Latina en glaciares. De ellos dependen directamente 7 millones de argentinos para acceder a algo tan vital como el agua potable. Junto a las nieves de la cordillera de los Andes, los glaciares representan la principal fuente de agua para alrededor del 70% del territorio nacional. No es un recurso abstracto. Estamos hablando del agua de millones de familias argentinas.
¿Qué cambia ahora? El proyecto introduce modificaciones que alteran el corazón de la ley
Primero, enfatiza la utilización de los recursos naturales por parte de las provincias como dueñas originarias, tensionando directamente con los presupuestos mínimos ambientales, que hasta ahora operaban como un piso de protección a nivel nacional.
Segundo, el Inventario Nacional de Glaciares pierde su carácter vinculante. La identificación de qué es un glaciar y qué funciones hídricas cumple, pasa a quedar bajo la órbita de cada provincia. Dicho en criollo: Si bien la prohibición de exploración y explotación minera en glaciares formalmente se mantiene, cada provincia pasa a decidir qué es un glaciar y qué no y si puede habilitar actividades mineras en esa zona.
Las provincias, muchas de ellas financieramente asfixiadas por este mismo gobierno y dependientes de la renta del sector minero, quedarían expuestas a una competencia: ver quién flexibiliza más para atraer más inversiones. Y los glaciares que alimentan cuencas que atraviesan varias jurisdicciones, quedarían sujetos a la decisión de una sola provincia, afectando directamente a comunidades aguas abajo que no tienen ninguna voz en ese proceso. De hecho, el Gobierno Nacional no consiguió el acompañamiento de las autoridades provinciales reunidas en la asamblea del COFEMA (Consejo Federal de Medio Ambiente) para avanzar con esta modificatoria.
El contexto y los efectos de la reforma
Como la reforma desprotege algo que estaba protegido, choca de frente con el principio de no regresión ambiental, que integra el marco jurídico argentino.
Este principio —reconocido en el Acuerdo de Escazú, en la Ley General del Ambiente y en el artículo 41 de la Constitución— establece que los estándares ambientales no pueden retroceder y que está prohibido dañar de forma irreversible los bienes comunes naturales necesarios para el sustento y desarrollo de las generaciones futuras. Por eso esta reforma, en caso de avanzar, será inevitablemente judicializada.
Si el marco jurídico es tan claro, ¿por qué la impulsan igual? Porque hay compromisos que cumplir y no parecen tener otras herramientas para promover la actividad.
No es una lectura conspirativa, son hechos públicos. El Programa de Facilidades Extendidas del FMI de abril pasado afirma explícitamente que las exportaciones de minería pueden multiplicarse por diez si se aplican reformas estructurales. El marco para el Acuerdo sobre Comercio Recíproco e Inversiones con Estados Unidos, anunciado en noviembre, menciona que Argentina se compromete a promover un uso más eficiente de sus recursos naturales, incluyendo el sector minero. Y la visita de Scott Bessent, el Secretario del Tesoro de Estados Unidos, no fue de cortesía: vino con un mensaje claro sobre el interés de las empresas estadounidenses en la minería de litio, cobre y tierras raras. Zonas que hoy están protegidas por la Ley de Glaciares.
El RIGI aprobado en 2024 ya había allanado el camino: beneficios extraordinarios, estabilidad normativa y garantías jurídicas para proyectos con foco en sectores extractivos. La Ley de Glaciares era el límite regulatorio que quedaba por remover. Esta no es una iniciativa aislada: forma parte del mismo paquete que incluye la modificación de la Ley de Fuego, la Ley de Bosques Nativos y la Ley de Extranjerización de Tierras. Una estrategia coherente de desregulación ambiental para ampliar la frontera extractiva.
Lo que hay que defender y lo que hay que exigir
Frente a este escenario, hay algunas cosas que vale la pena dejar en claro.
La Ley de Glaciares no vulnera el federalismo. Al contrario: aplica exactamente el esquema que prevé la Constitución en el artículo 41, que establece que la Nación fija los presupuestos mínimos ambientales. Los glaciares alimentan cuencas interjurisdiccionales: no es sólo una cuestión de dominio provincial, es una cuestión de seguridad hídrica nacional. La herramienta que tiene el Congreso para garantizar un piso común de protección sobre recursos estratégicos son exactamente los presupuestos mínimos.
Tampoco es cierto que la protección ambiental se oponga al desarrollo. Es una falsa dicotomía que el gobierno repite con comodidad. En un contexto de crisis climática, los glaciares están retrocediendo a un ritmo alarmante. Menos hielo significa menor aporte de agua en los momentos críticos del año, mayor variabilidad de los caudales, más sequías y más exposición a eventos extremos. No hay desarrollo productivo a largo plazo posible sin agua.
La modificación de la ley no le otorga seguridad jurídica a las inversiones. Todo lo contrario. Una norma que se sabe que va a ser judicializada genera incertidumbre, no previsibilidad. Lo que da seguridad jurídica real es una implementación seria del marco actual: completar y actualizar el Inventario, aplicar evaluaciones ambientales rigurosas y garantizar que las zonas críticas queden realmente protegidas. Cuando las reglas se aplican y se hacen cumplir, los proyectos saben dónde pueden operar y dónde no. Eso reduce litigios y da previsibilidad de largo plazo.
Lo que falta no es una ley nueva ni un régimen más laxo, sino voluntad política para implementar lo que ya existe. Y lo que sobra es la disposición de este gobierno para entregar nuestros bienes comunes naturales a cambio de financiamiento externo y promesas de inversión que concentran la riqueza en unos pocos. Con el RIGI ya le garantizaron a empresas extranjeras beneficios impositivos y la libertad de llevarse los dólares afuera. Ahora siguen avanzando por lo único que les falta: la flexibilización ambiental para explotar nuestros glaciares. El negocio es redondo, pero no para los argentinos: nosotros nos quedamos con el riesgo ambiental y la falta de agua, mientras ellos se llevan el mineral pagando impuestos mínimos y sin dejar un solo dólar en el país.
El agua no es una variable económica, es un derecho vital. Y los glaciares son su reserva estratégica. La ley es la herramienta que tenemos para protegerlos. La Ley de Glaciares no se toca.







