04/05/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Menos derechos y protecciones para los trabajadores. Imagen: Web.
El Gobierno nacional reglamentó el capítulo de la reforma laboral que habilita la reducción de aportes patronales, mediante la publicación del decreto 315/2026 en el Boletín Oficial. La medida pone en marcha el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), incluido en la ley 27.802.
La implementación fue posible tras una resolución judicial que derivó el tratamiento de la constitucionalidad de la norma al fuero contencioso administrativo, luego de una cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo.
El RIFL establece que los empleadores podrán no realizar aportes patronales durante un período de cuatro años para nuevas contrataciones, siempre que se trate de trabajadores que no hayan tenido empleo registrado previamente. En estos casos, las contribuciones a la seguridad social, obras sociales, asignaciones familiares y fondo de desempleo se verán reducidas.
La normativa define los perfiles alcanzados por la medida: personas sin empleo registrado al 10 de diciembre de 2025, trabajadores desempleados en los seis meses previos a su contratación, monotributistas inscriptos en el régimen simplificado y personas cuyo último empleo haya sido en el sector público.
El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, junto a funcionarios del gabinete como Manuel Adorni, Luis Caputo y Sandra Pettovello. Según el texto oficial, el objetivo de la medida es incentivar la generación de empleo.
El esquema también fija las alícuotas que deberán aplicarse. Las contribuciones determinadas con una tasa del 2% se distribuirán en partes iguales entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el régimen de asignaciones familiares. En tanto, las contribuciones calculadas con una alícuota del 3% serán destinadas al Instituto Nacional de la Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP).






