11/02/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Ilustrativa. Web.
La reforma laboral que intenta aprobar el gobierno de Javier Milei en el Congreso no es un simple ajuste normativo: es una transformación profunda del derecho del trabajo en Argentina diseñada para desarmar los instrumentos colectivos de protección y volcar el poder hacia las patronales y la flexibilidad empresarial. El oficialismo confía en darle media sanción en el Senado, pero la ofensiva sindical y social se intensifica ante lo que se percibe como un ataque frontal a derechos históricos.
Lejos de ser un “mimetismo legislativo”, el proyecto contiene trece cambios estructurales que, de aprobarse, modificarán de cabo a rabo la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y el paradigma de la negociación colectiva que rigió por décadas en Argentina.
Entre los puntos más controversiales figuran:
1. Derecho de huelga intervenido:
Más actividades laborales serán consideradas “esenciales” con la obligación de mantener un nivel mínimo de servicios incluso durante paros. Los sindicatos deberán avisar con anticipación y respetar porcentajes de cobertura que reducen drásticamente el impacto de las medidas de fuerza.
2. Sectores con cobertura obligatoria:
Transporte, educación (guardería, preescolar, primario y secundario), agua, energía y salud figuran entre las ramas que deberán garantizar operaciones aun durante huelgas, minando la capacidad de los trabajadores de paralizar actividades.
3. Fondo de Asistencia Laboral (FAL):
Se crea un fondo alimentado por contribuciones obligatorias de empleadores destinado a cubrir indemnizaciones por despido, con reglas que favorecen a los patrones y reducen el impacto financiero de las desvinculaciones.
4. Restricción de asambleas laborales:
Las asambleas sindicales dentro del lugar de trabajo quedarán sujetas a autorización del empleador, que decidirá horario, duración y ubicación, con el sindicato perdiendo salario por el tiempo dedicado a la reunión.
5. Convenios colectivos reconfigurados:
La reforma elimina la ultraactividad —el mantenimiento pleno de convenios vencidos— y pone prevalencia a acuerdos de empresa sobre los de actividad nacional, debilitando así la fuerza de los sindicatos más grandes.
6. Aportes sindicales limitados y voluntarios:
Se impone un tope a los aportes obligatorios, que pueden ser revocados en cualquier momento por los trabajadores, erosionando las bases económicas de la actividad gremial.
7. Antigüedad parcial:
Si un trabajador regresa al mismo empleador tras dos años de ausencia, el tiempo anterior no se computa como antigüedad, reduciendo derechos adquiridos.
8. Justicia laboral bajo lupa:
La justicia especializada podría transferirse a fueros comunes o administrativos, limitando la independencia del sistema tradicional de resolución de conflictos laborales.
9. Derogación de estatutos sectoriales:
Se eliminan regímenes específicos para periodistas, peluqueros, viajantes y otros oficios, que pasarán a regirse por normas generales más flexibles.
10. Supresión de normas históricas:
Ley de Teletrabajo, Fondo de Garantía de Créditos Laborales y normas sobre trabajo a domicilio serán derogadas, borrando pilares de protección adaptados a transformaciones laborales recientes.
11. Indemnizaciones más frágiles:
El cálculo de indemnizaciones pierde componentes como el aguinaldo y deja a trabajadores con menos recursos frente a despidos sin causa.
12. Hora extra reinventada:
Se habilita el uso de “banco de horas” y compensaciones que reemplazan el pago tradicional de horas extra, reduciendo ingresos adicionales por jornadas extendidas.
13. Vacaciones fraccionadas:
La norma permite que empleadores y trabajadores acuerden fraccionar las vacaciones en segmentos menores, debilitando el descanso continuo que la legislación actual garantizaba.
Los defensores del proyecto argumentan que estas reformas son necesarias para “modernizar” un mercado laboral rígido y atraer inversiones, apelando a la promesa de reducción de informalidad y menor litigiosidad.
Pero la reacción de centrales obreras, sindicatos tradicionales y movimientos sociales fue viscerales: catalogan esta iniciativa como un retroceso histórico en derechos laborales, con potencial para precarizar condiciones de trabajo, debilitar la negociación colectiva y subordinarlos frente a las patronales. Las protestas en todo el país frente al Congreso, con paros parciales en transporte, educación y salud, reflejan un rechazo que no se agota en el estrado sindical sino que articula una respuesta social amplia contra un proyecto que ya polariza a la sociedad argentina.
En definitiva, la reforma laboral de Milei —con sus trece ejes de cambio estructural— pone en tensión no solo el modelo de relaciones laborales que rigió en décadas pasadas, sino la capacidad de los sindicatos para defender derechos adquiridos en una Argentina donde la conflictividad social se aviva cada vez que se amenaza con desmantelar conquistas históricas.







