28/03/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS).
Un nuevo capítulo judicial se abrió alrededor de la reforma laboral. El Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de dos artículos de la ley y dio lugar al planteo presentado por el gremio de empleados de Comercio, que conduce Armando Cavalieri. La decisión apunta directamente contra los puntos que afectan la ultraactividad de los convenios colectivos y el tope a las cuotas solidarias.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) informó que la cautelar suspende por seis meses la aplicación de los artículos 131 y 133 de la reforma laboral. El primero está vinculado con la ultraactividad, es decir, la continuidad de un convenio colectivo de trabajo aun después de su vencimiento. El segundo establece un límite del 2 por ciento a las cuotas solidarias.
Según señalaron desde el gremio que encabeza Armando Cavalieri, el fallo garantiza la plena vigencia de los convenios colectivos firmados por la entidad, incluido el convenio 130/75, que regula la actividad de los trabajadores de Comercio, junto con todos los acuerdos derivados.
La resolución judicial también ordena al Estado Nacional abstenerse de aplicar las modificaciones que limitaban la ultraactividad de los convenios y fijaban nuevos topes a los aportes sindicales. De esta manera, el fallo establece la continuidad de todas las cláusulas convencionales y determina que las empresas deben mantener la retención y el depósito de las contribuciones solidarias acordadas.
Desde el sindicato señalaron que la decisión judicial resulta clave para evitar un escenario de desfinanciamiento que afectaría la estructura de las organizaciones gremiales y la prestación de servicios a los trabajadores. Con la suspensión de esos artículos, indicaron, se preservan beneficios sociales, programas de capacitación y la cobertura de salud que reciben los trabajadores mercantiles a través de sus delegaciones y de la obra social OSECAC.
“Este fallo es un acto de justicia que defiende la dignidad de los trabajadores mercantiles y nuestra autonomía para negociar. No vamos a permitir que, bajo la excusa de una modernización, se intente asfixiar a los sindicatos y recortar derechos históricos. Defender el financiamiento de nuestra institución es defender la salud de la familia de comercio y nuestra capacidad de diálogo para proteger el salario en todo el país”, sostuvo Armando Cavalieri, secretario general de FAECYS.







