30/04/2025.- Prensa Ministerio Público Fiscal de Salta.- Foto portada: Ilustrativa.
La denuncia fue realizada luego de una serie de incidentes que se desencadenaron tras la separación de la pareja, y que incluyeron el traslado sin aviso previo de dos menores solos en colectivo, así como un episodio de tensión en el domicilio familiar.
El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Alejandro Escalante, imputó de manera provisional a un hombre de 30 años por el delito de coacción, en perjuicio de su expareja. La causa se originó a partir de una denuncia radicada el pasado 26 de abril.
Según consta en la presentación, la mujer —quien mantuvo una relación de doce años con el acusado y tiene cuatro hijos en común— relató que el 8 de abril se retiró del domicilio familiar tras una discusión, llevándose únicamente una mochila con ropa. Desde entonces, regresaba cada día para asistir a sus hijos, que permanecían en la casa paterna, y por la noche se retiraba para evitar inconvenientes con el padre de los menores, quien llegaba de trabajar.
Días después, ambas partes llegaron a un acuerdo: la madre se haría cargo de dos de los niños, mientras los otros dos permanecerían con el padre para que los llevara a la escuela. Sin embargo, el 25 de abril, alrededor de las 20:30, el acusado envió a los dos menores solos en colectivo hasta el domicilio materno, sin previo aviso.
Al día siguiente, la mujer se presentó en la vivienda ubicada en barrio San Martín para solicitar la entrega de ropa, útiles escolares y otros elementos básicos pertenecientes a sus hijos y a ella, incluidos muebles, electrodomésticos y documentación personal.
Ante la negativa del acusado a entregarle lo solicitado, la denunciante manifestó haber sido amenazada verbalmente, por lo que solicitó la intervención policial. Los efectivos que acudieron al lugar constataron el incidente y trasladaron a ambas partes a la comisaría.
El fiscal Escalante advirtió que el acusado habría amenazado a la víctima con causar un daño grave, injusto e inminente, con el propósito de generarle temor, intimidarla y afectar su libertad psicológica, con el fin de que aceptara una situación en contra de su voluntad —en este caso, guardar silencio—. Esta circunstancia fue respaldada por los testimonios del personal policial que intervino en el hecho. Entre las actuaciones, también dispuso la realización de un informe victimológico y notificó a la damnificada sobre sus derechos como parte del proceso penal.







