05/12/2025.- Salta al Instante.- Por Nico Ortiz.- Foto portada: Sandra Pettovello, la ministra de Capital Humano. La Corte Suprema rechazó la apelación del Gobierno y quedó firme la orden de repartir los alimentos almacenados. Imagen: Juan Mabromata/AFP.
La Corte Suprema de Justicia desestimó este jueves, por “inadmisible”, un recurso presentado por el Estado Nacional para revertir el fallo que ordenaba al Ministerio de Capital Humano elaborar un plan de distribución de alimentos destinados a comedores comunitarios. Con esta decisión, queda firme la obligación impuesta a la cartera que condujo Sandra Pettovello durante la gestión de Javier Milei.
El caso llegó al máximo tribunal mediante una queja presentada por Leila Gianni, entonces subsecretaria Legal del Ministerio, patrocinada por Rodolfo Barra, en la que se argumentaba que la resolución judicial implicaba una supuesta intromisión sobre facultades propias del Poder Ejecutivo. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti resolvieron desestimar el planteo en los términos del artículo 280 del Código Procesal.
Un conflicto que escaló hasta la Corte
El origen del caso se remonta a la decisión del Gobierno de suspender la entrega de alimentos del Plan Nacional Argentina contra el Hambre, lo que derivó en denuncias del dirigente Juan Grabois: una penal y otra contenciosa. En paralelo, investigaciones periodísticas revelaron la existencia de casi cinco millones de kilos de comida almacenada en depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo, parte de ella con fecha de vencimiento cercana.
En el marco de la causa, la fiscal Paloma Ochoa solicitó medidas urgentes y pidió que los alimentos fueran distribuidos a comedores oficiales. El juez federal Sebastián Casanello reconoció que el destino de los productos correspondía al Poder Ejecutivo, pero igualmente ordenó la elaboración de un plan de distribución acorde al tipo, cantidad y vencimientos de la mercadería, y exigió un detalle completo del stock en 72 horas.
Gianni apeló la decisión y cuestionó públicamente la intervención judicial. En la audiencia ante la Cámara Federal se produjeron fuertes cruces que derivaron en un pedido de sanciones tanto para Grabois como para Gianni. Los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la medida cautelar y remarcaron que el Ministerio pudo solicitar una prórroga, pero optó por insistir en cuestionar la supuesta “intromisión” judicial mediante nuevos recursos.
Luego, el Ministerio acudió a la Cámara Federal de Casación Penal, que también rechazó la presentación. Finalmente, la Corte Suprema cerró la discusión y dejó firme la obligación del Estado de garantizar la distribución de los alimentos retenidos.






