Saqueo al ANSES: Milei habilita que fondos para indemnizaciones financien al Estado

13/08/2026.- Salta al Instante.– Foto portada: Ilustrativa- Web.
El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y habilitó a sus administradores a invertir hasta el 100% del patrimonio en títulos de deuda nacional. La medida genera cuestionamientos porque los fondos destinados a futuras indemnizaciones tendrán mayores posibilidades de financiar al Tesoro que a provincias o empresas privadas.

El Gobierno de Javier Milei avanzó con la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado en el marco de la reforma laboral para reemplazar, en determinados convenios colectivos, el sistema tradicional de indemnizaciones por despido.

A través de la Resolución 1276, publicada por el Ministerio de Economía, se establecieron las condiciones para invertir los recursos acumulados en estos fondos.

Uno de los puntos más polémicos es que los administradores podrán destinar hasta el 100% del patrimonio del FAL a títulos de deuda emitidos por el Estado nacional.

La resolución establece condiciones diferentes para los títulos de deuda provinciales y privados, lo que genera una clara ventaja para el Tesoro nacional como destino de los recursos.

El Estado podrá captar hasta el último peso

Mientras los títulos nacionales no tienen un límite porcentual dentro de la cartera del fondo, la deuda de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires tendrá restricciones mucho mayores.

Los administradores podrán invertir hasta un 15% del patrimonio en deuda provincial o porteña, con un límite adicional del 5% para cada jurisdicción.

Además, los títulos provinciales deberán cumplir una serie de requisitos para ser elegibles: contar con oferta pública, negociarse en mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y tener una calificación de riesgo AAA otorgada por al menos dos calificadoras registradas.

De acuerdo con el análisis citado en la información original, esos requisitos dejarían actualmente a los títulos de la Ciudad de Buenos Aires entre los pocos activos subnacionales que podrían cumplir las condiciones.

En cambio, los títulos emitidos por el Tesoro nacional podrán representar la totalidad de la cartera del FAL.

¿Qué tipo de inversiones podrá hacer el FAL?

La reglamentación permite que los fondos inviertan en instrumentos financieros emitidos y negociados en el mercado local.

Entre las alternativas aparecen activos a tasa fija, instrumentos vinculados a la tasa TAMAR, títulos ajustados por CER, activos relacionados con el tipo de cambio e instrumentos duales.

La exposición total a activos vinculados al dólar tendrá un límite del 10% del patrimonio del fondo.

A su vez, los administradores deberán mantener al menos 10% del patrimonio en instrumentos de alta liquidez y bajo riesgo, con el objetivo de garantizar que exista dinero disponible cuando sea necesario afrontar el pago de indemnizaciones.

Dentro de esa categoría podrán incluirse depósitos a la vista, plazos fijos precancelables y Letras del Tesoro en pesos con vencimientos próximos.

El FAL no reemplaza automáticamente las indemnizaciones

La implementación del fondo no implica que todas las empresas puedan abandonar de manera automática el sistema tradicional de indemnizaciones.

Para utilizar el mecanismo, deberá existir un acuerdo entre empresas y sindicatos e incorporarse al correspondiente Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).

En la negociación paritaria se podrá acordar la utilización del FAL y definir quién administrará los recursos aportados por las empresas.

También deberán establecerse aspectos como el tipo de fondo utilizado, que podrá adoptar la forma de Fondos Comunes de Inversión, Fideicomisos Financieros o Seguros de Cese, según lo acordado en cada convenio.

La selección de la administradora tampoco quedará librada exclusivamente a una decisión unilateral del empleador o de cada trabajador, sino que deberá estar contemplada dentro del esquema acordado.

El dinero sale de los aportes a la Seguridad Social

Uno de los aspectos centrales del nuevo mecanismo es el origen de los recursos.

El dinero destinado al FAL provendrá de contribuciones realizadas por las empresas al sistema de Seguridad Social, recursos que actualmente son administrados por la Anses.

Las grandes empresas podrán derivar al fondo hasta el equivalente al 1% de las remuneraciones computables.

En el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, el porcentaje podrá alcanzar el 2,5%.

Esto abre un debate sobre el destino de recursos que originalmente forman parte del sistema de seguridad social y que, bajo el nuevo esquema, podrán terminar invertidos mayoritariamente en deuda del Estado nacional.

Una nueva fuente de financiamiento para el Tesoro

La reglamentación aparece en un contexto de creciente presión sobre las cuentas públicas y coloca al Gobierno nacional en una posición privilegiada para captar los recursos acumulados en los fondos laborales.

Aunque el objetivo formal del FAL es garantizar recursos para afrontar futuras indemnizaciones, la posibilidad de invertir hasta el 100% en deuda nacional convierte a estos fondos en una potencial fuente de financiamiento para el Tesoro.

El desafío será garantizar que el mecanismo preserve la disponibilidad de los recursos cuando trabajadores y empresas necesiten utilizarlos y que las decisiones de inversión no queden subordinadas a las necesidades financieras del Estado.

La CNV, además, abrió una consulta pública para avanzar en la definición de los instrumentos financieros que podrán integrar las carteras del FAL.