06/11/2026.- Salta al Instante.- Foto portada: Dra. Liliana Musa. Imagen: Web.
La especialista en derecho previsional explicó que numerosos jubilados pueden reclamar reajustes de haberes, incluso quienes se retiraron hace décadas. En diálogo con Mabel Corrales, en el programa Qué Parte No Entendiste???, advirtió que el retroactivo se limita a los dos años anteriores al reclamo y detalló qué deben hacer jubilados, pensionados y herederos para defender sus derechos.
Miles de jubilados podrían estar cobrando menos de lo que realmente les corresponde sin saberlo. Así lo advirtió la Dra. Liliana Musa, especialista en derecho previsional, durante una entrevista con Mabel Corrales en el programa Qué Parte No Entendiste???.
La profesional explicó que existen numerosos casos en los que es posible solicitar un reajuste de haberes y reclamar diferencias acumuladas, incluso cuando la persona lleva décadas jubilada.
Uno de los ejemplos que compartió fue el de una mujer de 80 años que se jubiló en 1992 y recién en 2026 realizó su primera consulta para reclamar una actualización de su haber.
Musa remarcó que muchas personas aceptan durante años el monto que reciben sin verificar si la liquidación es correcta. El problema es que, cuando finalmente deciden iniciar un reclamo judicial, el retroactivo se reconoce únicamente por los dos años anteriores a la presentación del reclamo.
Esto significa que quienes esperan demasiado tiempo pueden perder la posibilidad de recuperar importantes sumas de dinero.
Reajustes jubilatorios: ANSES actualiza los haberes, pero no paga los retroactivos
Uno de los puntos más importantes de la entrevista fue la situación de los jubilados que obtienen una sentencia favorable y esperan que ANSES cumpla con el pago correspondiente.
La Dra. Liliana Musa explicó que, mediante la resolución 308, el Gobierno nacional estableció un mecanismo para garantizar la actualización de los haberes de quienes cuentan con sentencia judicial.
Sin embargo, advirtió que ANSES está pagando las diferencias en los haberes mensuales, pero no está abonando los retroactivos correspondientes.
Para explicar el impacto de estos reajustes, contó el caso de un trabajador que se desempeñó durante años en la industria tabacalera, en empresas como Massalin Particulares y Nobleza Piccardo.
El hombre cobraba $444.000 mensuales y, después de obtener el reajuste, pasó a percibir aproximadamente $900.000.
Aunque todavía no recibió el retroactivo, la actualización prácticamente duplicó sus ingresos.
La profesional señaló que, cuando otros trabajadores de la misma actividad conocieron la diferencia, comenzaron a acercarse al estudio para consultar si también podían reclamar.
Juicios de reajuste: pueden demorar cinco años, pero hay casos prioritarios
La duración de los procesos judiciales fue otro de los temas abordados durante la entrevista.
Según explicó Musa, un juicio de reajuste puede demorar aproximadamente cinco años, aunque existen situaciones que reciben un tratamiento prioritario.
Entre ellas mencionó a las personas mayores de 80 años y a quienes atraviesan enfermedades graves o terminales.
En esos casos, explicó que es necesario acreditar ante el juez la urgencia económica, las condiciones de vida y la afectación de los derechos de la persona.
También describió situaciones de jubilados que cobran haberes mínimos cuando, por su historia laboral y los cálculos correspondientes, podrían llegar a percibir ingresos considerablemente superiores.
Pensionados y herederos también pueden reclamar
La especialista aclaró que los derechos vinculados con los reajustes jubilatorios no desaparecen necesariamente cuando fallece el titular del beneficio.
Explicó que las personas que cobran una pensión derivada pueden continuar un juicio de reajuste iniciado por el jubilado fallecido.
Esto incluye a viudas, viudos y determinados hijos con discapacidad.
Además, señaló que, cuando el jubilado inició el reclamo judicial en vida y falleció sin dejar derecho a una pensión derivada, los herederos también pueden presentarse para continuar el proceso.
Según detalló, pueden hacerlo mediante una declaración jurada, sin necesidad de iniciar un juicio sucesorio, siempre que se cumplan las condiciones correspondientes.
El problema de los trabajadores despedidos antes de jubilarse
Otro de los puntos centrales de la conversación fue la situación de quienes pierden su empleo cuando tienen entre 45 y 57 años y quedan en una situación complicada: todavía no tienen edad para jubilarse, pero encuentran enormes dificultades para volver a trabajar.
Musa explicó que cada caso requiere un análisis particular y mencionó alternativas como el retiro transitorio por invalidez cuando existen condiciones de salud que lo justifican, o los regímenes especiales para actividades consideradas insalubres.
También cuestionó las prácticas de contratación en el sector minero, donde, según manifestó, existe una tendencia a buscar trabajadores jóvenes y dejar afuera a personas con más de 35 años.
«Hay una discriminación que se llama edadismo hacia un grupo de personas que por tener más edad, pierde», advirtió.
En ese sentido, cuestionó que se priorice exclusivamente a trabajadores recién egresados o jóvenes profesionales, mientras se desaprovecha la experiencia acumulada de quienes llevan años desempeñándose en distintas actividades.
La entrevistada también recordó que el Gobierno nacional no prorrogó la prestación por desempleo anticipada, que permitía acceder a un ingreso equivalente al 50% del haber cuando la persona ya tenía los 30 años de aportes, pero todavía no había alcanzado la edad jubilatoria. Al llegar a esa edad, pasaba a cobrar el 100%.
Docentes, médicos y trabajadores: quiénes podrían tener diferencias en sus jubilaciones
Durante la entrevista también se mencionaron situaciones particulares de distintos sectores laborales.
En el caso de los docentes, Musa explicó que pueden existir reclamos vinculados con el reconocimiento del 82% del haber en actividad.
Como ejemplo, mencionó el caso de una docente que, según el cálculo explicado durante la entrevista, podría estar cobrando alrededor de $4.500.000, pero actualmente percibe $2.000.000.
También relató casos de profesionales de la salud pública que, pese a haberse desempeñado en cargos de responsabilidad y realizar guardias extensas, cobran aproximadamente $1.500.000.
Según explicó, en algunas liquidaciones aparecen conceptos no remunerativos que no fueron correctamente considerados para determinar el haber jubilatorio.
Otro ejemplo fue el de un trabajador de la construcción que se jubiló en 2011, después de haber quedado despedido en 1996. Al revisar su historial, detectaron que para calcular su jubilación se habían considerado solamente diez años de remuneraciones, por lo que podría corresponder un recálculo de su haber inicial.
Dónde consultar por un reajuste jubilatorio en Salta
Sobre el final de la entrevista, Mabel Corrales insistió en la importancia de que los jubilados y sus familiares no se queden con una respuesta negativa de ANSES sin buscar una evaluación especializada de su situación.
La Dra. Liliana Musa informó que atiende consultas en un estudio jurídico ubicado en Urquiza 905, ciudad de Salta.
Días y horarios de atención:
- Lunes, miércoles y viernes.
- De 17:30 a 20.
- Por orden de llegada.
Teléfono de contacto: 387 465 0593.
Para realizar una primera evaluación, recomendó llevar:
- DNI.
- Clave de Seguridad Social.
- Detalle del beneficio jubilatorio, que puede solicitarse en el archivo de ANSES.
También explicó que, si la persona no cuenta con el detalle del beneficio, puede firmar un poder para que desde el estudio se solicite esa documentación.
La especialista señaló que actualmente es posible obtener la clave de Seguridad Social por internet mediante la aplicación y el reconocimiento facial, sin necesidad de concurrir personalmente a una oficina de ANSES.
El mensaje central de la entrevista fue claro: no hay que dar por correcto el monto de una jubilación sin verificar cómo fue calculado. Un reajuste puede representar una diferencia significativa en los ingresos mensuales y, cuanto más se demora el reclamo, mayor puede ser el retroactivo que se pierde.







