02/07/2026.- Salta al Instante.– Foto portada: Ilustrativa.
La Fiscalía sostiene que los animales son seres sintientes cuya protección encuentra respaldo en la legislación nacional, la doctrina y estándares internacionales. La investigación también reveló la presencia de decenas de perros en presunto estado de abandono en el domicilio del acusado.
El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, dispuso la imputación provisional de un hombre como autor del delito de maltrato animal, previsto en los artículos 1 y 3, inciso 7, de la Ley 14.346, tras la investigación iniciada por el hallazgo de cinco perros sin vida dentro de bolsas de residuos arrojadas en un contenedor ubicado en inmediaciones de los monoblocks O y Q del barrio Parque Palermo, de esa ciudad.
La causa se originó luego de que una vecina manifestara haber observado al investigado trasladando una bolsa de color rojo hacia el lugar donde posteriormente fueron encontrados los animales. El hallazgo fue realizado por dos trabajadores del servicio de recolección de residuos, quienes dieron aviso de inmediato.
Las medidas investigativas posteriores permitieron establecer, además, que el hombre tenía bajo su cuidado un importante número de perros. Durante una inspección policial en su domicilio fueron encontrados 39 canes, entre ellos hembras preñadas y dos cachorros sin vida, en un contexto que evidenciaría un grave estado de abandono.
Al fundamentar la imputación, la Fiscalía sostuvo que quien asume el cuidado de animales adquiere el deber jurídico de garantizar su bienestar y evitar que sean sometidos a sufrimientos innecesarios. En ese sentido, consideró que los elementos reunidos permiten atribuir provisoriamente al acusado actos de crueldad sancionados por la Ley 14.346.
En su resolución, el fiscal Escalante desarrolló además un amplio sustento jurídico y doctrinario sobre la protección penal de los animales. Citó el criterio del jurista Eugenio Raúl Zaffaroni, quien sostiene que el bien jurídico tutelado por la Ley 14.346 es el derecho del propio animal a no ser objeto de la crueldad humana. Asimismo, hizo referencia a la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, a la Declaración de Cambridge sobre la Conciencia Animal y a distintos desarrollos científicos que reconocen a los animales como seres sintientes, capaces de experimentar dolor, angustia y sufrimiento.
La resolución también incorpora conceptos vinculados a la bioética y al denominado biocidio, entendido como la muerte injustificada de un animal, y destaca la necesidad de interpretar la normativa vigente a la luz de una creciente protección jurídica de la vida y el bienestar animal, en consonancia con los estándares internacionales y la evolución de la doctrina especializada.







